domingo 10 de agosto de 2008

Carta Amonestación

La Real Academia Española en su diccionario de la Lengua Española define amonestación como acción y efecto de amonestar.
Luego amonestación sera una advertencia o llamada de atención sobre un error o falta antes de tomar una decisión negativa contra alguien.
La Amonestación por escrito es la primera herramienta a disposición de la empresa para sancionar e intentar corregir faltas e incumplimientos leves por parte del trabajador.
Esta entrada esta dirigida mas que nada al pequeño empresario que muchas veces por desconocimiento y muchas por calentamiento cometen errores en el momento de sancionar o despedir a un trabajador y al final también haremos algunas aclaraciones para los trabajadores que quieran recurrir una amonestación.
Las grandes empresas no necesitan tirar de internet para solucionar estos problemas.
Luego si eres un pequeño empresario, antes de amonestar por escrito a un trabajador tendrás que tener en cuenta algunas considereaciones importantes:
  1. Los hechos son ciertos y se pueden demostrar.
  2. Los hechos son una de las faltas leve, graves o muy grave que dice el convenio. La calificación de leve, grave o muy grave no es libre.
  3. La comunicación deberá realizarse en plazo y forma.
  4. La sanción tendrá que ser proporcional a la falta según el convenio.

Cumpliendo todo esto ya puedes empezar con la carta de la cual dejo aquí un modelo genérico.

A/a Sr/Srta.............................




En ........,a..de............de....



Muy Sr. nuestro,

La dirección de este Centro ha tenido conocimiento de la comisión por Vd. del siguiente incumplimiento contractual de carácter.........(leve, grave o muy grave).

Los hechos se han desarrollado como siguen:

(explicar con claridad y precisión cuales son los hechos sancionados indicando si es posible fecha y hora en que se produjeron)

Por todo ello y considerando que su conducta se encuentra tipificada como falta .......(leve, grave o muy grave)según el art. ..... del convenio colecitivo de ...........(buscar el art. en el convenio que sanciona la falta cometida) le comunicamos que es Vd. sancionada con Amonestación por escrito.

Por último advertirle que la reincidencia en faltas de esta u otra naturaleza serán sancionadas en lo sucesivo con mayor rigor.

Atentamente

Nombre y firma del titular de la empresa



RECIBI Y CONFORME:

Fdo.: Nombre y firma del trabajador sancionado.

Si eres el trabajador que has sido sancionado y consideras que los hechos descritos no son ciertos o que la empresa no puede demostrarlos, que sepas que todas las sanciones son recurribles en el juzgado de lo social (es gratis) y es la empresa la que tiene que demostrar que los hechos sancionados son ciertos.

7 comentarios:

Shairon J. dijo...

Me parece muy bien la carta... sin embargo tengo una duda... se puede amonestar si la forma de probar los hechos solo sea mediante testigos... personas que hayan estado en el lugar cuando se dieron los hechos u otros involucrados que no sean los amonestados... como se haria en este caso???

Cruzygalan dijo...

Hola Shairon,

La empresa puede amonestar con motivos o sin ellos, después si denuncias la amonestación es cuando tendrá que demostralo, y si la forma de demostrarlo es llevando testigos, he de contestarte que si es una forma valida.

Espero haberte ayudado.

Shairon J. dijo...

En efecto muchas gracias... sin embargo tengo otra duda... y que ocurre si el amonestado se niega a firmar la amonestacion...???

Cruzygalan dijo...

Para que no ocurra esto, siempre que se amonesta a alguien es recomendable llevar ya dos testigos por si el amonestado se niega a firmarla.
Entonces los dos testigos tendrán que firmar como que estaban presentes en la entrega y el amonestado no ha querido firmarla.

Shairon J. dijo...

Muchas gracias por el apoyo tendre en cuenta sus sugerencias...!!!

Lydia dijo...

La carta la tiene que firmar el representante legal de la empresa o también la puede firmar y ejecutar el responsable de prevención?

Gracias.

Cruzygalan dijo...

Hola Lydia, aunque la amonestación se por una falta en materia de prevención, esta deber ser firmada siempre por el representante legal de la empresa.